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A PROPÓSITO DEL DÍA DE LA CONSTITUCIÓN DOMINICANA



Cuando hablamos de Constitución, es lo mismo que hablar de Carta Magna, Ley Fundamental, en fin. Veamos ahora como se define la palabra constitución.


Constitución es la ley fundamental de un estado.  La misma define el régimen de derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política.

Por otro lado, establece el origen de la soberanía en la nación o el pueblo, reconoce los derechos fundamentales o constitucionales, y los mecanismos de participación y representación política, establece la forma del estado, la forma del gobierno y el sistema político, etc., etc.

Toda esta belleza, la encontramos en Wikipedia, la biblioteca más completa. Podríamos resumir diciendo que la Constitución da carácter de soberanía a una nación, es aquel documento en el que se establecen normas y leyes en el estado. No podemos estar como ovejas sin pastor, o como “chivos sin ley” si somos una Nación “Libre y Soberana” que está saliendo de la esclavitud de la ignorancia.

¿Para qué se hacen las leyes, para qué sirven? Muchos dicen que para romperlas, para desobedecerlas. Otros tantos las consideran como algo necesario para la convivencia en armonía con los demás individuos y entes sociales.  A lo mejor muchos pensarán y considerarán que las leyes no son necesarias, talvez por el hecho de que “lo prohibido se vuelve tentador”.

El ser humano es libre desde su concepción. Que se opte por otros caminos lejos de la libertad ya son otros asuntos. Pues, al parecer muchos tienen una visión errada de lo que es la libertad al creer que si se tienen normas es porque no somos libres. Si hemos optado por el libertinaje, entonces es necesario que existan reglas, límites.

Ahora hablemos de nuestra Constitución, la Constitución Dominicana, con una peculiar historia muy llamativa. Después de haber sido proclamada la Constición en 1844, ha sido modificada en 39 ocasiones, siendo la primera en 1854 y la ultima en el 2015. De las 39 veces que se ha modificado, 32 tienen que ver directamente con el tema de la reelección presidencial.

Veremos cada una de las modificaciones por parte.

(Tomado del periódico ELDIA) A partir de 1844, la Carta Sustantiva de la nación ha sido objeto de 39 modificaciones, algunas de las más importantes son:

El primer documento constitucional que reguló la vida independiente fue proclamada el 6 de noviembre de 1844, en San Cristóbal.

-En 1854 hubo dos reformas a la Constitución. La primera fue promulgada el 25 de febrero, que suprimió el artículo 210 restringiendo los poderes del Ejecutivo y amplió las facultades del Poder Judicial y del Congreso.

-La segunda fue proclamada el 23 de diciembre del mismo año, se convirtió en el texto preferido de las dictaduras del siglo XIX.

-El 19 de febrero de 1858 se proclamó la Constitución de Moca, la más democrática de la República Dominicana.

-En 1865 se reformó nuevamente la Carta Magna de la nación, donde por primera vez se consagra en el texto el voto “para toda la ciudadanía”, sin tomar en cuenta que las mujeres estaban excluidas del derecho al sufragio.

-La Constitución de 1866 vino a ser la de 1865 con ligeras variantes. La de 1872 fue modificada por iniciativa del presidente Buenaventura Báez.

-Abril de 1874 llega con un nuevo texto constitucional que suprimió el requisito de saber leer y escribir para los votantes y estableció un congreso unicameral compuesto por 31 diputados elegidos por voto directo.

-Esa constitución se reformula sucesivamente en 1875, 1876, 1877, 1878, 1879, 1880, año en que el general Gregorio Luperón decreta la celebración de elecciones para la Asamblea Nacional que debía dotar al país de una nueva Constitución.

-Luperón, también promovió otra reforma en 1881, la que tendría vigencia hasta 1887 cuando comienzan las ejecuciones dictatoriales de Ulises Heureaux.

-En la cuarta gestión de gobierno de Lilís propició otra reforma constitucional que le permitiría la reelección en 1896. A partir de ese momento y hasta 1907, no hubo más revisiones a la Carta Magna.

-En el siglo XX, se produjeron seis reformas constitucionales antes de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo: dos con Ramón Cáceres en 1907, 1908 y cuatro con Horacio Vásquez en 1924, 1927, y dos en 1929.

-Luego se sucedieron siete reformas durante la “Era de Trujillo”. Período de gobierno dictatorial que duró del 1930 al 1961.

-Reforma de 1961, del 29 de septiembre, se estableció el Consejo de Estado.

-Reforma de 1962,  septiembre 10, Reforma hecha por el Consejo de Estado, presidido por el Lic. Rafael F. Bonnelly.  El consejo del estado desde la proclamación de la constitución votada en 1961 venía ejerciendo los poderes legislativo y ejecutivo.

-Constituyente 1963, 29 de abril. Gobierno de Juan Bosch.

-La constitución de 1961 había conferido mandato al consejo del estado para convocar a elecciones representantes de una asamblea revisora de la constitución, la cual no pudo llevarse a cabo en la fecha prevista en la citada ley que 5968 del 20 de junio de 1962.  Esto es, a más tardar el 15 de agosto de 1962. Por los dichos consejos de estado sanciona a la ley número 6050 del 23 de septiembre de 1962, que convoca a una asamblea revisora.


-Acta institucional del 1965, 09 de agosto, que puso fin a la guerra civil. El ensayo de gobierno democrático surgió de la libérrimas elecciones del 20 de diciembre 1962 quedó frustrado por un injustificado cuartelazo militar, a penas a 7 meses de haber iniciado el ejercicio del poder el gobierno constitucional que en lo que iba de siglo más tributo y respeto rindiera a las libertades públicas y a los derechos del hombre.

-El golpe militar del 25 de diciembre del 1963, por medio del manifiesto dirigido al pueblo dominicano por los comandos de las fuerzas armadas y la policía nacional que depusieron al presidente de la república Juan Bosch, declaro “Inexistente la última constitución de la República votada por la constituyente surgida de las últimas elecciones generales.

Revisión de 1966, 29 de noviembre. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 53 del acto institucional de 1965 el Dr. Joaquín Balaguer presidente de la república a partir del 1 de julio de 1966, en fecha 19 de julio de ese mismo año, se dirigió al presidente del senado con el propósito de que el congreso nacional determinara los medios por los cuales debía integrarse la asamblea constituyente, encargado de tomar una decisión sobre el problema constitucional.

-La constitución de 1966 representa el proceso de evolución de nuestro ordenamiento sustantivo de mayor tiempo de vigencia de las 34 enmiendas que le presidieron, al regular la actividad el estado dominicano y sus administrados por espacios de casi 3 décadas.

–Reforma de 1994, 25 de julio, reforma del 2002, 25 de julio se aprobó la reelección presidencial la cual fue prohibida en la reforma de 1994.

-Reforma 2010, 26 de enero. Consta de 277 artículos y 19 disposiciones transitorias. La nueva Constitución contempla la igualdad de género y la participación popular para presentación de proyectos de leyes ante el Congreso.

– Reforma 2015, 28 de mayo. Artículo 124 para establecer la reelección presidencial, establece que “se consigne que en el caso eventual de que el presidente de la República actual, correspondiente al periodo 2012-2016, sea candidato presidencial para el periodo 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período y a ningún otro”.


Sin duda alguna, es fundamental para todo ciudadano dominicano, conocer sobre sus leyes. Se debería dar en las escuelas una asignatura para enseñar la Constitución. ¿Por qué no agregarla al Currículo?

¿Qué tan sagrada es la Carta Magna? ¿Qué tan valiosa? Eso debe preguntarse todo dominicano, más viendo que ante cualquier “quítame la paja” se le quiere hacer una modificación. Pues, a nuestra Ley Fundamental es necesario darle el valor que tiene, como lo hubiesen querido nuestros Padres de la Patria, Duarte, Sánchez y Mella.


Este 6 de noviembre se celebra con júbilo nuestro día de la Constitución. Todos celebramos como enardecidos patriotas, incluso hasta aquellos a los que no les tiembla la conciencia a la hora de tocar tan sublime y sagrado tesoro.