Cuando hablamos de Constitución, es lo mismo que hablar de
Carta Magna, Ley Fundamental, en fin. Veamos ahora como se define la palabra
constitución.
Constitución es la ley fundamental de un estado. La
misma define el régimen de derechos y libertades de los ciudadanos y delimita
los poderes e instituciones de la organización política.
Por otro lado, establece el origen de la soberanía en la
nación o el pueblo, reconoce los derechos fundamentales o constitucionales, y
los mecanismos de participación y representación política, establece la forma
del estado, la forma del gobierno y el sistema político, etc., etc.
Toda esta belleza, la encontramos en Wikipedia, la
biblioteca más completa. Podríamos resumir diciendo que la Constitución da
carácter de soberanía a una nación, es aquel documento en el que se establecen
normas y leyes en el estado. No podemos estar como ovejas sin pastor, o como
“chivos sin ley” si somos una Nación “Libre y Soberana” que está saliendo de la
esclavitud de la ignorancia.
¿Para qué se hacen las leyes, para qué sirven? Muchos dicen
que para romperlas, para desobedecerlas. Otros tantos las consideran como algo
necesario para la convivencia en armonía con los demás individuos y entes
sociales. A lo mejor muchos pensarán y considerarán que las leyes no
son necesarias, talvez por el hecho de que “lo prohibido se vuelve tentador”.
El ser humano es libre desde su concepción. Que se opte por
otros caminos lejos de la libertad ya son otros asuntos. Pues, al parecer
muchos tienen una visión errada de lo que es la libertad al creer que si se
tienen normas es porque no somos libres. Si hemos optado por el libertinaje,
entonces es necesario que existan reglas, límites.
Ahora hablemos de nuestra Constitución, la Constitución
Dominicana, con una peculiar historia muy llamativa. Después de haber sido
proclamada la Constición en 1844, ha sido modificada en 39 ocasiones, siendo la
primera en 1854 y la ultima en el 2015. De las 39 veces que se ha modificado,
32 tienen que ver directamente con el tema de la reelección presidencial.
Veremos cada una de las modificaciones por parte.
(Tomado del periódico ELDIA) A partir de 1844, la Carta Sustantiva de la nación ha sido
objeto de 39 modificaciones, algunas de las más importantes son:
El primer documento constitucional que reguló la vida
independiente fue proclamada el 6 de noviembre de 1844, en San
Cristóbal.
-En 1854 hubo dos reformas a la Constitución. La primera fue
promulgada el 25 de febrero, que suprimió el artículo 210 restringiendo los
poderes del Ejecutivo y amplió las facultades del Poder Judicial y del Congreso.
-La segunda fue proclamada el 23 de diciembre del mismo año,
se convirtió en el texto preferido de las dictaduras del siglo XIX.
-El 19 de febrero de 1858 se proclamó la Constitución de
Moca, la más democrática de la República Dominicana.
-En 1865 se reformó nuevamente la Carta Magna de la nación,
donde por primera vez se consagra en el texto el voto “para toda la
ciudadanía”, sin tomar en cuenta que las mujeres estaban excluidas del derecho
al sufragio.
-La Constitución de 1866 vino a ser la de 1865 con ligeras
variantes. La de 1872 fue modificada por iniciativa del presidente Buenaventura
Báez.
-Abril de 1874 llega con un nuevo texto constitucional que
suprimió el requisito de saber leer y escribir para los votantes y estableció
un congreso unicameral compuesto por 31 diputados elegidos por voto directo.
-Esa constitución se reformula sucesivamente en 1875, 1876,
1877, 1878, 1879, 1880, año en que el general Gregorio Luperón decreta la
celebración de elecciones para la Asamblea Nacional que debía dotar al país de
una nueva Constitución.
-Luperón, también promovió otra reforma en 1881, la que
tendría vigencia hasta 1887 cuando comienzan las ejecuciones dictatoriales de
Ulises Heureaux.
-En la cuarta gestión de gobierno de Lilís propició otra
reforma constitucional que le permitiría la reelección en
1896. A partir de ese momento y hasta 1907, no hubo más revisiones a la Carta
Magna.
-En el siglo XX, se produjeron seis reformas constitucionales antes de
la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo: dos con Ramón Cáceres en 1907, 1908 y
cuatro con Horacio Vásquez en 1924, 1927, y dos en 1929.
-Luego se sucedieron siete reformas durante la “Era de
Trujillo”. Período de gobierno dictatorial que duró del 1930 al 1961.
-Reforma de 1961, del 29 de septiembre, se estableció el
Consejo de Estado.
-Reforma de 1962, septiembre 10, Reforma hecha por el
Consejo de Estado, presidido por el Lic. Rafael F. Bonnelly. El consejo
del estado desde la proclamación de la constitución votada en 1961 venía
ejerciendo los poderes legislativo y ejecutivo.
-Constituyente 1963, 29 de abril. Gobierno de Juan Bosch.
-La constitución de 1961 había conferido mandato al consejo del estado para
convocar a elecciones representantes de una asamblea revisora de la
constitución, la cual no pudo llevarse a cabo en la fecha prevista en la citada
ley que 5968 del 20 de junio de 1962. Esto es, a más tardar el 15 de
agosto de 1962. Por los dichos consejos de estado sanciona a la ley número 6050
del 23 de septiembre de 1962, que convoca a una asamblea revisora.
-Acta institucional del 1965, 09 de agosto, que puso fin a
la guerra civil. El ensayo de gobierno democrático surgió de la libérrimas
elecciones del 20 de diciembre 1962 quedó frustrado por un injustificado
cuartelazo militar, a penas a 7 meses de haber iniciado el ejercicio del poder
el gobierno constitucional que en lo que iba de siglo más tributo y respeto
rindiera a las libertades públicas y a los derechos del hombre.
-El golpe militar del 25 de diciembre del 1963, por medio
del manifiesto dirigido al pueblo dominicano por los comandos de las fuerzas
armadas y la policía nacional que depusieron al presidente de la república Juan
Bosch, declaro “Inexistente la última constitución de la República votada por
la constituyente surgida de las últimas elecciones generales.
Revisión de 1966, 29 de noviembre. En cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 53 del acto institucional de 1965 el Dr. Joaquín
Balaguer presidente de la república a partir del 1 de julio de 1966, en fecha
19 de julio de ese mismo año, se dirigió al presidente del senado con el
propósito de que el congreso nacional determinara los medios por los cuales
debía integrarse la asamblea constituyente, encargado de tomar una decisión
sobre el problema constitucional.
-La constitución de 1966 representa el proceso de evolución
de nuestro ordenamiento sustantivo de mayor tiempo de vigencia de las 34
enmiendas que le presidieron, al regular la actividad el estado dominicano y
sus administrados por espacios de casi 3 décadas.
–Reforma de 1994, 25 de julio, reforma del 2002, 25 de julio
se aprobó la reelección presidencial la cual fue prohibida en la
reforma de 1994.
-Reforma 2010, 26 de enero. Consta de 277 artículos y 19
disposiciones transitorias. La nueva Constitución contempla la igualdad de
género y la participación popular para presentación de proyectos de leyes ante
el Congreso.
– Reforma 2015, 28 de mayo. Artículo 124 para establecer
la reelección presidencial, establece
que “se consigne que en el caso eventual de que el presidente de la República
actual, correspondiente al periodo 2012-2016, sea candidato presidencial para
el periodo 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período y a ningún
otro”.
Sin duda alguna, es fundamental para todo ciudadano
dominicano, conocer sobre sus leyes. Se debería dar en las escuelas una
asignatura para enseñar la Constitución. ¿Por qué no agregarla al Currículo?
¿Qué tan sagrada es la Carta Magna? ¿Qué tan valiosa? Eso
debe preguntarse todo dominicano, más viendo que ante cualquier “quítame la
paja” se le quiere hacer una modificación. Pues, a nuestra Ley Fundamental es
necesario darle el valor que tiene, como lo hubiesen querido nuestros Padres de
la Patria, Duarte, Sánchez y Mella.
Este 6 de noviembre se celebra con júbilo nuestro día de la
Constitución. Todos celebramos como enardecidos patriotas, incluso hasta
aquellos a los que no les tiembla la conciencia a la hora de tocar tan sublime
y sagrado tesoro.
Lemor Seyer...
Formulario de contacto