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GUÍA PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS Y LA PREVENCIÓN DE DELITOS EN INTERNET

La AEPD presenta un manual para informar sobre las consecuencias de la difusión de información personal no consentida y otros actos delictivos.


Si no le suenan de nada las palabras grooming, phishing, carding, trashing o pharming sepa que son delitos que se cometen en redes sociales y otros espacios de Internet y están explicados en el manual de Protección de Datos y Prevención de Delitos que ha presentado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) este jueves. El texto -en el que también ha colaborado el Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior y la Fiscalía- tiene como objetivo proporcionar pautas para evitar ser víctimas de delitos en Internet y cómo evitar incurrir en ellos, ya que muchas veces pueden cometerse sin ser consciente de que ciertas conductas en la red pueden ser delito.

El avance de la tecnología y el uso habitual de dispositivos móviles han marcado las conductas de socialización de las personas. El uso de información personal en redes sociales y otras actividades en la red es una práctica habitual para el 84,6% de personas que tienen acceso a Internet en España, según el INE. Sin embargo, la AEPD recuerda que la difusión de información, imágenes, vídeos y audios de terceros sin su permiso puede constituir un delito sancionado en el código penal, como también la estafa, el ciberacoso, la coacción, delitos sexuales y la violencia de género.
“Ante la difusión de datos personales en Internet que afecten gravemente a las personas la Agencia va a tener tolerancia cero y va a ser totalmente beligerante”, ha sentenciado la directora de la Agencia, Mar España, que aprovecha para recordar que el nuevo reglamento de protección de datos entre en vigor el próximo 25 de mayo. La difusión de datos personales de la víctima de La Manada en la página web Forocoches es el precedente a la presentación de este manual, que contempla especialmente la incursión en el delito de difusión no autorizada de información personal y la violencia de género. Sobre el caso, Elvira Tejada, fiscal de la Sala en materia de Criminalidad Informática, ha querido dejar claro que desde el mismo día que se filtró información de la víctima pidieron al Cuerpo Nacional de Policía que iniciara una investigación. “Me consta que hay actuaciones judiciales abiertas por este hecho”, ha afirmado la fiscal.
Las fichas de la Agencia Española de Protección de Datos detalla los siguientes delitos y qué hacer si eres víctima de estos:

Sexting

Hacerse fotografías o grabarse en vídeo en situaciones comprometidas o dejar que otros lo hagan puede acabar en la distribución de ese contenido sin tu consentimiento. “El reenvío de grabaciones de sexting sin la autorización del afectado es un delito, aunque se hayan realizado con el consentimiento de la persona”, recuerda la AEPD en las fichas didácticas que han elaborado junto al manual.

Grooming

Si un adulto oculta su identidad y se hace pasar por un menor para ganarse la confianza de otro y obtener información, vídeos o fotos de contenido sexual está cometiendo un delito de grooming, que puede acabar en extorsión o amenazas para tener encuentros sexuales con el menor.

Ciberacoso

Constituye un delito de ciberacoso amenazar, hostigar, humillar, y controlar a otra persona a través de Internet. Cuando se produce en menores se conoce como ciberbullying. “El acoso a través de Internet supera las barreras del espacio y del tiempo y puede causar graves consecuencias a la persona acosada, incluyendo el suicidio”, alertan desde la Agencia.

Violencia de género

El abuso, amenaza, coacción, control, extorsión y chantaje hacía la pareja a través de la Red es violencia de género. La Agencia afirma que “la tecnología puede jugar un papel en la creación de una cultura de la violencia contra las mujeres o en su justificación”.

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