NDIGITAL.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) alertó al Congreso Nacional que en la versión del proyecto del Código Penal, existen una serie de aspectos preocupantes porque estima desnaturalizarían algunos principios e institutos universales del Derecho Penal, riñendo incluso en algunos casos con la Constitución, y que en definitiva, harían menos eficiente la persecución penal.
Finjus estima que esos puntos deben mover a discusión y reflexión con miras a convertir el Código Penal en un instrumento que resulte indispensable para el diseño e implementación de una política criminal que sea efectiva contra las novedosas formas y esquemas delincuenciales.
En carta dirigida a Alfredo Pacheco, presidente de la Cámara de Diputados y a Alexis Jiménez, presidente de la Comisión de Justicia, y firmada por el director ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, indica que se verifica que, en algunos de los nuevos tipos penales, se pretende prácticamente igualar la pena del autor del delito con la de sus cómplices, lo que, desde el punto de vista punitivo, desnaturaliza el nuevo régimen de autoría y participación que se había incorporado en los proyectos de nuevo Código Penal aprobados en 2014 y 2018
“Observamos también que se intenta eliminar la simultaneidad y proporcionalidad para configurar la presunción de la legítima defensa, la cual dejaría de existir como tal, y con ello las graves consecuencias que acarrearía prescindir de una causa de justificación que existe en todos los códigos penales modernos disminuyendo así la protección de los bienes jurídicos importantes como la vida y la integridad personal que requieren de su existencia como salvaguarda”, indica.
La entidad resalta de igual manera, se pretende incorporar una modalidad del cuestionado instituto penal norteamericano de “los tres golpes” (Three strikes), pretendiendo que el juez imponga de manera obligatoria la prisión preventiva cuando el imputado ha sido sometido a la justicia por tercera vez, sin reparar en que se haya verificado condena alguna.
Dice que conviene revisar la propuesta de no aplicación de circunstancias atenuantes perturbaciones psíquicas parciales diagnosticadas y excusas legales- en materia de violencia de género y otras infracciones afines. Esto pudiese desvirtuar la finalidad de la pena en todo sistema de Derecho Penal, pues estaría retrotrayendo la normativa penal dominicana a la época anterior a la codificación napoleónica de principios del siglo XIX.
“Se busca aplicar el cúmulo real de infracciones de modo automático para todas las infracciones mencionadas en el párrafo anterior, con lo cual se distorsionaría un instituto que, como el del cúmulo de pena, en casos de concurso real de infracciones, se está introduciendo en el nuevo Código Penal en la forma en que aparece en la legislación comparada, así como en la doctrina y la jurisprudencia”, sostiene.
Se está pretendiendo restablecer el delito de usura con lo cual se estaría penalizando la libertad que tienen las personas e instituciones financieras de negociar las tasas de interés, con lo cual no sólo se tendría que modificar la Ley Monetaria y Financiera, que es una ley orgánica, desestabilizando el sistema financiero nacional que opera con tasas activas y pasivas competitivas y de acuerdo a las demandas y ofertas del mercado de dinero.
Debe revisarse el sentido que están pretendiendo crear respecto de los delitos contra la mujer y la violencia de género en orden a lograr una correcta tipificación de lo cual se estaba encaminado en las versiones anteriores.
Explica que desde FINJUS realizan las presentes observaciones con el ánimo de continuar contribuyendo a la ponderación y análisis de esta iniciativa de ley en el seno del Congreso, así también en espera de que sean verificadas por la Comisión Consultiva que ha conformado el Poder Ejecutivo, a fin de que se logre un Código actual y diáfano, apegado a la normativa constitucional y en coherencia con el derecho penal moderno que responda de manera eficaz a la demanda actual de un Código que se ajuste a las nuevas dinámicas delictuales de la sociedad.
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