23 de febrero de 2025 - En respuesta al creciente número de incidentes relacionados con la divulgación de contenido multimedia sin consentimiento, el Código Penal de la República Dominicana ha implementado sanciones estrictas para aquellos que compartan videos o fotos sin la autorización de los involucrados.
De acuerdo con el artículo 337, modificado por la Ley 24-97, cualquier individuo que atente contra la intimidad de la vida privada de otra persona mediante la captura, grabación o transmisión de palabras o imágenes en un lugar privado sin consentimiento, enfrenta una pena de prisión de seis meses a un año y una multa de RD$25,000.
Esta normativa también se aplica a aquellos que conservan, divulgan o utilizan dicho contenido de manera indebida, quienes también estarán sujetos a las mismas sanciones legales. Esto subraya la importancia de respetar la privacidad y el derecho al honor de las personas.
Recientemente, un caso en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) atrajo la atención nacional cuando un video que mostraba a cuatro jóvenes en una situación comprometedora fue compartido en redes sociales. El rector de la universidad, Editrudis Beltrán Crisóstomo, afirmó que se están llevando a cabo investigaciones para identificar al responsable de la grabación y se le someterá a los organismos correspondientes.
Esta ley no solo busca disuadir la conducta inapropiada, sino también proteger la integridad y derechos individuales de las personas, asegurando que cualquier infracción sea debidamente sancionada.
FUENTE; LISTÍN DIARIO
0 Comentarios
Deja tu comentario...